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Tablilla.

La Guardia Civil ya multa a cotos de Castilla-La Mancha por no adaptar sus tablillas a la nueva normativa cinegética

El detalle de una palabra está provocando las primeras sanciones en los cotos de caza de Castilla-La Mancha. Desde el pasado mes de marzo, los carteles de señalización ya no pueden incluir el término «privado», y la Guardia Civil ha comenzado a actuar. Según ha podido confirmar Cazaflix, varios titulares han sido propuestos para sanción por no cumplir con este cambio normativo.

La modificación deriva del Decreto 15/2022, por el que se regula el Reglamento General de la Ley 3/2015 de Caza. Aunque fue aprobado hace tres años, incluía una disposición transitoria que otorgaba tres temporadas cinegéticas para adaptarse. Ese plazo concluyó en marzo de 2025, momento desde el cual los agentes del SEPRONA han empezado a vigilar el cumplimiento de la norma.

Tablillas sin la palabra «privado»: obligatorio desde marzo

Hasta ahora, las señales más habituales incluían la leyenda «Coto privado de caza», pero la normativa actual solo permite la expresión «Coto de caza». El cambio responde al hecho de que no todos los cotos son de titularidad privada, por lo que la anterior denominación podía inducir a error. En el caso de los cotos intensivos, la nueva denominación exigida es «Cuartel de caza comercial».

Según fuentes consultadas, los agentes están permitiendo provisionalmente cubrir la palabra ‘privado’ con pintura blanca u otro sistema, siempre que sea claramente visible y cumpla con el objetivo de eliminar el término. Esta opción puede evitar la sanción si se aplica de forma inmediata.

Nuevas condiciones para la señalización

El reglamento también introduce cambios en la forma de colocar las tablillas. Aunque se mantienen las medidas (33×50 centímetros para las de primer orden), ahora se admite una altura mínima de 1,20 metros (antes era de 1,50) y una máxima de 2,50 desde el suelo.

Las señales deben ser perfectamente visibles desde el exterior y legibles a una distancia razonable. Además, las tablillas de primer orden deberán colocarse en caminos, accesos y puntos clave, con una separación máxima de 600 metros y las tablillas de segundo orden (las tradicionales blancas y negras) deben instalarse cada 100 metros como máximo.

Estas medidas buscan una señalización más clara, homogénea y adaptada a todos los usuarios del medio natural, evitando malentendidos sobre la titularidad o los límites de los acotados.

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