Un cazador con un jabalí abatido.

La Junta fija las normas para cazar jabalí en Extremadura tras la emergencia por peste porcina africana

La Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural ha aprobado este documento para aclarar la aplicación práctica de la resolución conjunta con Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, dictada el pasado 9 de diciembre, en la que se establecía la emergencia cinegética temporal frente a una enfermedad que no afecta a las personas y que, por ahora, se limita a la provincia de Barcelona.

Quién puede cazar y en qué condiciones

La circular, que se publicará en los próximos días en el Diario Oficial de Extremadura, concreta que en las acciones cinegéticas destinadas a reducir la población de jabalí —principal reservorio silvestre de la PPA— solo podrán participar cazadores expresamente autorizados por los cotos.

En los aguardos de las comarcas cinegéticas VC1, VC2 y VC3, se permite un máximo de tres cazadores simultáneos por coto en las primeras 400 hectáreas, con uno adicional por cada 250 hectáreas, hasta un tope de ocho cazadores. En la VC4, en caza mayor podrán participar tantos cazadores como precintos tenga autorizados el coto en su plan técnico vigente, mientras que en caza menor se autoriza la presencia de dos cazadores por cada 500 hectáreas.

Recechos, batidas y control poblacional

Los recechos solo podrán realizarse en horario diurno. En cuanto a las batidas, en las comarcas VC1, VC2 y VC3 se permiten cuadrillas de hasta 12 cazadores y 15 perros. En la VC4, cuando se autorice una segunda batida, el número máximo de participantes será el que figure en el plan técnico de caza vigente del coto.

JABALÍES-PIARA
Una piara de jabalíes. © Shuterstock.

Esta segunda batida se autorizará únicamente por necesidad sanitaria, atendiendo a criterios como las densidades poblacionales observadas, la presencia elevada de jabalíes en zonas de riesgo, la aparición de daños atribuibles a la especie o la proximidad a explotaciones porcinas, especialmente cuando exista un registro ganadero porcino dentro del coto solicitante o en colindantes.

La circular también aclara que está permitida la alimentación de especies distintas al jabalí con heno, alfalfa u otros productos similares, y que la dirección general competente podrá autorizar la caza con arco en determinados supuestos.

Gestión de los SANDACH y refuerzo sanitario

Paralelamente, la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible ha tramitado un contrato con una empresa especializada para la recogida y gestión de los SANDACH (Subproductos Animales No Aptos para el Consumo Humano), que entrará en vigor esta misma semana.

Este servicio refuerza las garantías sanitarias y ambientales recomendadas en el actual contexto de emergencia, en el que resulta prioritario extremar las precauciones y mantener altos estándares de bioseguridad durante la práctica cinegética.

Desde la Junta de Extremadura se subraya que estas medidas son fruto de la colaboración entre departamentos, con el objetivo de conciliar la actividad ganadera y cinegética, ambas de gran impacto socioeconómico en la región, con la protección de la salud pública y animal y la conservación de los ecosistemas. La Administración autonómica agradece la implicación de los sectores afectados y recuerda la importancia de cumplir las indicaciones establecidas, tanto en acciones colectivas como individuales, mientras se avanza en un sistema específico para la gestión de SANDACH en actividades no colectivas.

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