La Xunta de Galicia ha sacado a exposición pública la declaración de casi 20.000 hectáreas como zonas de caza libre en la provincia de Pontevedra, una medida que afecta a siete municipios y que se enmarca en el desarrollo del Plan de Ordenación Cinegética autonómico.
La iniciativa busca compatibilizar la conservación de la fauna silvestre con su aprovechamiento sostenible, al tiempo que contribuye al control de daños en agricultura y ganadería y a la reducción de accidentes de tráfico provocados por especies cinegéticas.
Dentro de esta planificación, las zonas de caza libre son aquellos terrenos continuos de más de 500 hectáreas en los que se permite la práctica cinegética bajo el régimen común, siempre respetando las limitaciones fijadas por la normativa vigente.
En este caso, Pontevedra capital concentra unas 5.300 hectáreas, mientras que Cerdedo Cotobade supera las 6.700, siendo los dos términos municipales con mayor superficie afectada. A ellos se suman Vilaboa, con más de 2.700 hectáreas; Ponte Caldelas, con 1.413; Cuntis, con 1.272; Poio, con cerca de 900; y Barro, con algo más de 800.
Las áreas incluidas abarcan numerosas parroquias rurales, lo que refuerza el peso de estos territorios dentro del modelo de gestión cinegética gallego. En todos los casos, el ejercicio de la caza deberá ajustarse a los límites establecidos por la legislación autonómica.

Limitaciones y zonas de seguridad
Aunque se trata de terrenos de régimen común, la normativa establece restricciones claras. Quedan excluidos los suelos urbanos y los núcleos rurales, así como las denominadas zonas de seguridad, donde la caza está prohibida de forma general.
Entre estas zonas figuran carreteras, vías férreas y sus márgenes, con franjas de protección de hasta 50 metros, así como cauces de agua y sus entornos inmediatos. También se incluyen núcleos habitados, áreas recreativas, instalaciones deportivas e industriales, con perímetros de seguridad de 100 metros.
Estas limitaciones tienen como objetivo garantizar la seguridad de las personas y la protección de bienes, estableciendo distancias obligatorias para el ejercicio de la actividad cinegética.
Terrenos no cinegéticos y excepciones
El plan también delimita los llamados terrenos no cinegéticos, donde la caza queda prohibida de forma permanente. En esta categoría se incluyen los refugios de fauna, espacios reservados por motivos científicos, educativos o de conservación.
No obstante, la administración autonómica podrá autorizar controles poblacionales excepcionales en estos enclaves por razones sanitarias, de seguridad o de gestión.
Asimismo, la presencia de espacios integrados en la Red Natura 2000 no implica automáticamente la prohibición de la caza, aunque sí obliga a que la actividad se desarrolle conforme a sus objetivos de conservación.
Otra de las restricciones recogidas en la normativa afecta a los terrenos incendiados, donde queda prohibida la actividad cinegética y la repoblación de especies durante un periodo mínimo de tres años, salvo autorización expresa.
Con esta nueva delimitación, Galicia avanza en un modelo que pretende ordenar la actividad cinegética sobre el territorio, combinando aprovechamiento, conservación y seguridad.





