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La Guardia Civil lo deja claro: no se puede usar un rifle de caza para competir… ni uno de tiro deportivo para cazar

Un tirador en plena competición.

Un tirador en plena competición. © Sig Sauer

La Guardia Civil ha emitido un informe definitivo que pone fin a una de las dudas más frecuentes entre cazadores y tiradores: ¿puede utilizarse un mismo rifle tanto en el campo como en una galería de tiro? La respuesta es tajante: no. Según la Intervención Central de Armas y Explosivos (ICAE), el uso de las armas largas rayadas está limitado por la finalidad con la que han sido guiadas, y ese uso no se puede intercambiar.

La normativa española establece una separación total entre el ámbito cinegético y el deportivo. El informe, al que tuvo acceso Jara y Sedal a finales de mayo deja claro que los rifles amparados por licencia D (uso cinegético) no pueden utilizarse en competiciones, y los registrados con licencia F (uso deportivo) no pueden emplearse para cazar, incluso si se trata del mismo modelo de arma.

Una guía, una finalidad: sin excepciones

El criterio que rige la tenencia legal de rifles en España es su finalidad. Esta determina tanto el tipo de licencia como la guía de pertenencia del arma. Y no hay margen de maniobra. Por ejemplo, un rifle con licencia D podrá usarse exclusivamente para cazar, mientras que el mismo rifle con licencia F no podrá salir nunca al campo, ni siquiera en periodo hábil.

El ICAE subraya que la coincidencia técnica entre armas no implica compatibilidad legal. La guía condiciona completamente su uso. Así, quien adquiera un rifle como arma de concurso no podrá utilizarlo para abatir un jabalí, del mismo modo que quien lo adquiera como rifle de caza no podrá acudir con él a una competición oficial.

Ojo con el fraude de ley: posibles sanciones

El informe también alerta sobre prácticas irregulares que podrían constituir fraude de ley, como solicitar una licencia D para usar el rifle en pruebas deportivas. Aunque en apariencia se cumplan los requisitos formales, la intención de esquivar las exigencias de la licencia F —mucho más restrictiva— puede derivar en sanciones.

El Código Civil, en su artículo 6.4, prohíbe expresamente este tipo de actuaciones. Además, la licencia F exige superar una serie de condiciones específicas, que afectan tanto al número de armas como a las obligaciones periódicas de renovación.

En resumen: no es legal intercambiar usos entre rifles de caza y de competición, por mucho que las armas sean iguales. El informe de la Guardia Civil reafirma lo que marca el Reglamento de Armas: cada rifle tiene un único destino legal, y está ligado a su guía de pertenencia.

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