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La Comunidad Valenciana aprueba su nueva Orden de Vedas 2026-2027

Un cazador en un puesto de montería.

Un cazador en un puesto de montería. © Ángel Vidal

La Generalitat Valenciana ha publicado este lunes en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) la resolución que establece los periodos hábiles y normas cinegéticas para la temporada 2026-2027. La nueva Orden de Vedas desarrolla la Orden 13/2022 y fija el calendario de las distintas modalidades de caza en cotos, zonas de caza controlada y terrenos de aprovechamiento común.

Entre las principales novedades destaca la limitación de la caza de la codorniz exclusivamente a la media veda, la incorporación de dos nuevas especies de aves acuáticas a la lista de moratoria cinegética y el mantenimiento del modelo de gestión adaptativa para la tórtola europea, que volverá a cazarse bajo un estricto sistema de cupos y control digital.

La codorniz solo podrá cazarse durante la media veda

El cambio más importante de la temporada afecta a la codorniz común. La resolución establece que, en los cotos deportivos, cuarteles de caza menor de cotos comerciales y zonas de caza controlada donde esté autorizada su captura, únicamente podrá cazarse durante la media veda.

El periodo autorizado se extenderá del 9 de agosto al 13 de septiembre de 2026, exclusivamente en las modalidades al salto o en mano. Los días hábiles serán sábados, domingos y festivos nacionales o autonómicos, manteniéndose un cupo máximo de ocho ejemplares por cazador y jornada.

Además, la Generalitat introduce una nueva obligación administrativa para todos los terrenos donde se autorice esta especie. Los titulares deberán comunicar antes del 1 de octubre las capturas realizadas, información que posteriormente será remitida al Ministerio de Agricultura antes del 15 de octubre para cumplir con los compromisos de seguimiento de la especie.

La resolución deja igualmente claro que la codorniz queda excluida de la temporada general de caza menor, convirtiéndose en uno de los cambios normativos más relevantes de esta campaña.

Codorniz. © Shutterstock

Nuevas prohibiciones para varias especies de aves acuáticas

La nueva Orden de Vedas también incorpora novedades importantes para las aves acuáticas. Durante la temporada 2026-2027 queda prohibida la caza del porrón común y del silbón europeo, especies que se suman a las moratorias ya existentes.

De esta forma, continúan igualmente prohibidas la paloma zurita, la cerceta carretona y la grajilla, manteniéndose la suspensión cinegética sobre todas ellas en cualquier terreno de aprovechamiento cinegético de la Comunitat Valenciana.

Respecto al calendario de la caza de acuáticas, se mantiene la regulación específica para los cotos autorizados. En los humedales del sur de Alicante —El Hondo, las Salinas de Santa Pola y El Hondo de Amorós— la apertura volverá a retrasarse hasta el 1 de noviembre de 2026, mientras que en el Parque Natural de la Albufera será la Dirección General de Medio Natural quien determine las fechas concretas conforme a los planes técnicos de cada coto.

La tórtola europea mantiene su gestión mediante cupos

La tórtola europea seguirá siendo una de las especies sometidas a gestión adaptativa tras el levantamiento parcial de la moratoria iniciado el pasado año.

Para la campaña 2026-2027, la Comunitat Valenciana contará con un cupo autonómico de 7.655 ejemplares, distribuido entre los cotos autorizados incluidos en el anexo correspondiente de la resolución.

La especie únicamente podrá cazarse los días 22, 23, 29 y 30 de agosto de 2026, siempre en los terrenos autorizados y bajo un estricto sistema de control.

La normativa mantiene además la obligación de registrar todas las capturas mediante el precinto digital, utilizando la aplicación móvil habilitada para ello, una herramienta que seguirá permitiendo controlar en tiempo real el aprovechamiento autorizado.

Tórtola. © Shutterstock

Así queda la media veda y el resto de modalidades

La media veda para paloma torcaz, paloma bravía, estornino pinto, urraca y zorro se desarrollará del 22 de agosto al 20 de septiembre, con jornadas hábiles los jueves, sábados y domingos.

En cuanto a la prórroga de zorzales y estorninos, podrá practicarse desde el cierre de la temporada general hasta el 14 de febrero de 2027, manteniéndose un cupo máximo de 25 zorzales por cazador y día.

La becada podrá cazarse del 8 de noviembre de 2026 al 7 de febrero de 2027, con un máximo de tres ejemplares por jornada, mientras que la perdiz con reclamo continuará regulándose conforme a los planes técnicos de cada coto, estableciéndose el 28 de febrero de 2027 como fecha límite cuando no exista otra determinada.

Conejo, jabalí y cetrería

En los terrenos de aprovechamiento común, el conejo con perros y sin armas podrá cazarse del 19 de julio al 25 de diciembre, manteniéndose la prohibición del uso de galgos y limitándose el número máximo de perros a doce por cazador y veinte por grupo.

La caza menor al salto o en mano se desarrollará del 12 de octubre al 6 de diciembre, quedando excluida la liebre y fijándose un cupo máximo de una perdiz por cazador y día.

Respecto al jabalí, la Generalitat mantiene que en terrenos comunes únicamente podrá abatirse por razones de control poblacional mediante autorización administrativa. Las modalidades de gancho, batida y al salto podrán autorizarse entre el 1 de septiembre de 2026 y el 28 de febrero de 2027, mientras que las esperas podrán concederse durante todo el año cuando existan motivos de gestión.

Finalmente, la cetrería estará autorizada del 12 de octubre de 2026 al 3 de enero de 2027, permitiéndose además el entrenamiento de aves durante todo el año con señuelo artificial y, entre el 1 de julio y el 28 de febrero, con piezas de escape correctamente marcadas.

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